EL DERECHO DEL TRABAJO
O DERECHO LABORAL
frente a la informalidad,
la globalización y la robótica
Miguel
Suárez Sandoval
Ante todo hago recordar que la finalidad del Derecho del Trabajo es defender al trabajador por cuenta ajena
en su dignidad humana; es decir, a la clase trabajadora. Dicho de otro modo,
podemos afirmar que el Derecho del Trabajo, también llamado Derecho Laboral, es
un derecho clasista. Entre los juslaboralistas que así lo consideran está Mario
de la Cueva, desde las postrimerías de la revolución mexicana.
Como decimos en una
publicación anterior, el mundo cambia constantemente y cambiará mucho más. Así
lo afirman muchos, incluso una canción bastante antigua.
Como anota Jacques Chonchol:
“…vivimos en un mundo que está cambiando muy rápidamente y de una manera tan
compleja que es difícil discurrir cuáles son los cambios más significativos y
los que tendrán mayor influencia en la sociedad del mañana”. Y agrega: “… la nueva revolución industrial, que significa la automatización y las consecuencias
de este fenómeno en la situación y condiciones de empleo de la fuerza de
trabajo; las amenazas contra el medio natural, que significa nuevas formas de
vida y producción, particularmente en los países desarrollados y sus efectos de
imitación en los países en desarrollo”. (Jacques Chonchol: Impacto de la globalización en las sociedades latinoamericanas: ¿Qué
hacer frente a ello?).
Nosotros creemos que, por la
crisis económica que se presenta, en el mundo todo cambia, por lo que es
necesario un reajuste estructural para resolverla, aunque se vendrá –si ya no
se vino– un debilitamiento importante de las organizaciones gremiales.
Es verdad que el mundo ha
cambiado bastante; podríamos decir en los últimos 50 años del siglo XX y lo que
va del XXI; pero el humano, el hombre trabajador es el mismo, tiene las mismas
necesidades y la misma carga familiar. Aunque con la tecnología las necesidades
aumentan.
Pero, como el Derecho del
Trabajo no tenía (ni tiene) el poder que da la clarividencia ni la omnisciencia,
los estudiosos de la cuestión social
comprendieron que es un derecho inconcluso.
El Derecho del Trabajo o
Laboral, en vez de desaparecer por su condición de derecho inconcluso, encuentra
nuevos resquicios y oportunidades para renovarse y mutarse. Como dice Jorge A.
Butler M. Past, V:· M:· “Todo nace, todo muere…” , y todo se renueva.
Recalcamos que el Derecho
del Trabajo o Laboral es un derecho inconcluso que siempre ha estado al vaivén
del tiempo, la tecnología y la modernización del mundo, por lo que, ante los
acontecimientos mundiales y, especialmente, por la flexibilización laboral
entró en un estado de resiliencia en la empleabilidad desde un punto de vistajurídico del trabajo.
Desde fines del siglo XX y
lo que va del siglo XXI, podemos decir que el afán de los empresarios y dadores
de trabajo, en general, siempre ha sido “el aumento de la productividad”. Según
ellos, “es necesario previamente reducir costos”. Entre los más urgentes consideran
a la remuneración y para tal efecto recurren a la informalidad.
Como palabra, informalidad
quiere decir “que no tiene seriedad o solemnidad”; también se podría decir:
“que no es oficial”.
En lo que se refiere a
trabajo y, sobre todo, a Derecho del Trabajo o Derecho Laboral estamos viviendo
una economía informal que es “el nombre que se le da a un gran número de
actividades que están catalogadas dentro del sector informal de la economía.
Etimología.- El término
informal procede del latín informalis, formado por el prefijo “in” = negación,
y formalis que quiere decir formal.
Al respecto, autores como
Marc Bacchetta, Ekkehard Ernst & Juana P. Bustamante, afirman que en la
primera década del presente siglo: “… el comercio mundial ha registrado un
crecimiento considerable”. Y agregan que: “el aumento del comercio ha contribuido
al crecimiento y a la creación de empleo en el mundo; sin embargo, hasta el
momento, el crecimiento de la economía mundial no ha entrañado una mejora
equivalente de las condiciones de trabajo y el nivel de vida de muchos”, han
enumerado una serie de causas para concluir diciendo que se ha concluido en la ‘creación
de empleo’ en el sector informal en
más o menos en un 60% de los trabajadores”. (La globalización ha propiciado una reducción limitada de la vulnerabilidad
de los mercados laborales de numerosas economías en el desarrollo).
“El empleo informal es común
en las empresas no registradas, que no están sujetas a las leyes o reglamentos
internos de un país, no ofrecen ningún tipo de protección social y suelen
emplear a trabajadores independientes o a los mismos miembros de una misma
familia”.
La Organización
Internacional del Trabajo (OIT) nos dice que: “... los niveles de informalidad
varían considerablemente entre países y van de apenas el 30% en algunos países
de América Latina a más de 80% en algunos países de África del Sur de Sahara y
de Asia Meridional… han aumentado en algunos países, en particular en Asia”.
La informalidad, según algunos autores depende “de las circunstancias
específicas de los países y de las políticas comerciales e internas que se
adopten”. Por ello nosotros creemos que la informalidad es una consecuencia.
“Es posible que los efectos
adversos de la informalidad estén relacionados principalmente con la ausencia
de aumentos de productividad y con el reducido tamaño medio de las empresas
resultantes de los obstáculos al crecimiento de las empresas en la economía
informal”.
“Cuando mayor es la
incidencia de informalidad, mayor es la vulnerabilidad de los países en
crecimiento a las conmociones como la actual crisis económica mundial. Los
países con grandes economías informales sufren con más frecuencia conmociones y
tienen tasas de crecimiento sostenible más bajas”.
“La reducción de la informalidad podría hacer
que surja la oportunidad de creación de puestos de trabajo”.
HISTORIA RECIENTE DEL TRABAJO Y LOS TRABAJADORES. APUNTES SOBRE LO
TRADICIONAL Y LO NUEVO, LO QUE CAMBIA Y LO QUE PERMANECE EN EL MUNDO DEL
TRABAJO.
Según la autora Roxana
Albanesi: “… la informalidad, la precariedad, la inestabilidad, son condiciones
clásicas del trabajo cuando se encuentra sujeto a mercados autoregulados”.
Hemos dicho, en trabajos
anteriores, que cuando desapareció el trabajo realizado para el autoconsumo,
recién el Derecho se interesa por el trabajo. En este caso, anota Roxana Albanesi:
“… el trabajador era y se comportaba como propietario de su fuerza de trabajo,
de sus condiciones naturales de producción y la naturalización de que el
trabajo le pertenecía a quien lo realizaba en tanto estaba implícita en su
propia existencia, que era casi una prolongación de su propio cuerpo, pues era
su acción en pos de satisfacer diversas necesidades individuales y colectivas”.
(Historia reciente del trabajo y los
trabajadores. Apuntes sobre lo tradicional y lo nuevo, lo que cambia y
pertenece al mundo del trabajo).
En años recientes se ha
venido discutiendo ampliamente sobre la necesidad de flexibilizar el mercado laboral (en México) como forma de aumentar
los niveles de empleo y estar en mejores condiciones de competir ante el resto
de economías emergentes. Diversos países de Europa y Latinoamérica han llevado
a cabo una serie de reformas laborales desde los años noventa del siglo XX con
el objeto de reducir el alto desempleo,
fomentar la competitividad del aparato productivo, hacer mejor uso del capital
humano y dotar a la economía de mayor dinamismo; sin embargo, los resultados
hasta el momento (abril 2008) han sido muy controversiales en algunos casos”.
“Por ello es imprescindible conocer a qué se hace referencia exactamente cuando
se habla de flexibilidad laboral, los cuales pueden incidir en diferentes
magnitudes sobre el mercado de trabajo y las empresas”. (Manuel Ibarra Cisneros
y Lourdes Alicia Torres: La flexibilidad
laboral como estrategia de competitividad y sus efectos, sobre la economía, la
empresa y el mercado de trabajo).
DEBATE EN TORNO A LA
DEFINICIÓN DE FLEXIBILIDAD
Con respecto al término
FLEXIBILIDAD, diversos autores dicen: “… aún existen dificultades para su definición”.
Y añaden: “No puede hablarse de un solo concepto de flexibilidad, hay diversos
enfoques al respecto y aún no ha podido establecerse un concepto definitivo;
tampoco hay un acuerdo en cuanto a sus virtudes y políticas para aplicarla”.
Para algunos organismos
internacionales, como el Banco Mundial y la Organización para la Cooperación y
el Desarrollo Económico (OCDE), la flexibilidad consiste en eliminar o
desregular el mercado laboral con el objeto de acabar con las rigideces causantes de un alto índice de desempleo
así como de un sector informal creciente. En este sentido, el Banco Mundial
sostiene que la principal causa del desempleo en América Latina reside,
fundamentalmente, en la flexibilidad de los mercados laborales, lo que se
traduce en que el sector formal de la economía no sea dinámico en términos de
generación de empleos (Chávez 2001). Por tanto, un mayor grado de flexibilidad
permitiría –en teoría– la creación de mayor empleo y la reducción del sector
informal; de ahí que dichos organismos han promovido la aplicación de diversos
mecanismos de flexibilidad laboral para disminuir el elevado desempleo
prevaleciente desde la década de los ochenta del siglo pasado”.
“… la flexibilidad consiste
en la eliminación de todo tipo de obstáculos para que los mecanismos del mercado
se encarguen de modo espontáneo de asignar el factor trabajo en cuanto a precio
y empleo. Flexibilidad es la oferta o demanda de trabajadores, facilitando la
contratación y despido en un individualismo de formas de pago de acuerdo con la
productividad marginal (De la Garza 2000b): (Roxana Albanesi: Historia reciente del trabajo y los
trabajadores. Apuntes sobre lo tradicional y lo nuevo, lo que cambió y
permanece en el mundo del trabajo).
DEFINICIÓN.- “… desde un
punto de vista social, Dahsemdost (1986) nos dice que la flexibilización puede
definirse como la capacidad de los individuos en la vida económica y, en
particular, en el mercado de trabajo, de renunciar a sus hábitos y adaptarse a
las nuevas circunstancias”.
Por las circunstancias en
que vive la sociedad que entra en el siglo XXI, repercute en el campo jurídico
del trabajo; visto con un criterio económico surgió la figura –nueva por
cierto– de la flexibilización, que exige una nueva interpretación del Derecho
del Trabajo para los efectos del comercio, la industria, etc.
Por la crisis económica que
se presenta en el mundo todo cambia, por lo que se vendrá –si ya no se vino– un
debilitamiento de las organizaciones gremiales.
Nosotros creemos que la
flexibilización se entiende como una reacción frente a la existencia de una rigidez
ante el desarrollo de las relaciones laborales, porque algunos creen que impide
el desarrollo económico.
“… la flexibilidad aparece
para cumplir […] con llenar el vacío ante la presencia de fenómenos mundiales,
con el transcurso del tiempo y, conforme crece la globalización, el empleo
disminuye.
Ante los acontecimientos
mundiales se van perdiendo los que promueven el empleo y así es como hemos
desembocado en la crisis económica mundial.
La flexibilidad laboral es
efecto no es causa; es una consecuencia del neoliberalismo y del olvido del
Estado benefactor, que permite a los empleadores poder prescindir de los
trabajadores a bajo costo.
La flexibilidad busca la
nueva interpretación en el cambio, en la rigidez de la legislación laboral y
normas convencionales para dar al empleador mayor libertad de acción en el
cambio, industria, etc., aprovechando el crecimiento de la tecnología.
Jacques Chonchol manifiesta que
los cambios económicos, entre ellos la fuerza del mercado y la empresa privada,
han provocado giros democráticos. Este proceso de cambio, que se ha denominado
“ajuste laboral”, se ha extendido por todo el mundo. Este autor agrega que “…
otro efecto de la liberación económica ha sido el desencadenamiento de una competencia
feroz tanto al interior de las naciones como entre ellas mismas”.
Tras una meditación, se
puede asegurar, como lo dice Chonchol: “Esta situación ha aumentado la eficacia
de la producción; pero también ha abatido los salarios y ha hecho que aumenten
el desempleo y la pobreza”. (Jacques Chonchol: Impacto de la globalización en las sociedades latinoamericanas. ¡Qué
hacer frente a ello).
Por su lado, Federico García
Morales anota que a consecuencia se produce una consolidación en el sistema que
origina un crecimiento del sector “obrero” industrial y una “obrerización” que
dieron una extensión en las faenas agropecuarias y forestales, las fuerzas
obreras de la migración; el fuerte ingreso de las tecnologías, la robotización,
la informática, etc., han tenido efectos sobre la división del trabajo y el crecimiento
de actividades administrativas de servicios”.
Jacques Chonchol agrega que:
“...junto con la expansión de la democracia liberal, la significación creciente
en el sistema económico de las fuerzas del mercado y la tercerización de la economía, se ha venido produciendo una integración acelerada de la economía
mundial”.
“El aspecto más destacado de
esta integración es la movilidad del capital. El sistema computarizado de
negocios hace girar enormes sumas de dinero por encima de las fronteras
nacionales. El crecimiento de un mercado mundial de capitales y servicios
financieros escapa completamente al control de los gobiernos y de los bancos
centrales”.
“Los actores predominantes
de esta integración económica son las empresas transnacionales. Las 37 mil
matrices de empresas transnacionales con más de 200 mil filiales por todo el
mundo controlan casi el 75% de todo el mercado mundial de mercancías, producción,
manufacturados y servicios […], pero funciona en detrimento de los países y
regiones más débiles, los cuales frente a una competencia dura son vulnerables
a las fuerzas del capital” (Jacques Chonchol: Impacto de la globalización en las sociedades latinoamericanas. ¿Qué
hacer frente a ello?).
De todo se comenta. Se habla
de la gran productividad, pero muy poco de la remuneración. Del humano, del
hombre-trabajador… ¡Nada!
Cuando se hizo el mundo, el
humano apareció para que se enseñoree en él a condición de cumplir el aforismo:
“te ganarás el pan con el sudor de tu frente”. (La Biblia, Génesis 4: 19). Y el
humano –hombre o mujer– instintivamente quiere vivir, y para vivir debe
trabajar. Así el trabajo resulta, económicamente, siendo visto como una necesidad.
Es decir, el trabajo al humano le asegura o le da vida.
¿Qué sucedería si el hombre
“que tiene” le negase el trabajo al hombre “que es”, pero que no tiene más que
su fuerza de trabajo, su conocimiento, su inteligencia? ¿Se le dejaría morir?
Si el trabajo es un mandato
divino, ¿el Altísimo:· permitiría semejante cosa?
Jamás un robot será un
trabajador, nunca podrá sustituir al humano; jurídicamente no pasará de ser una
herramienta, una máquina al servicio del trabajador o, a última instancia, de
la empresa y el pensamiento de George Fa Nicolai bien podriamos decir que el robot NO EXISTE.
El Derecho del Trabajo,
también llamado Derecho Laboral, nació con una finalidad: la de defender al trabajador
por cuenta ajena en su dignidad humana. Mejor dicho, brotó como una
consecuencia y –por esa finalidad– ¡sobrevivirá!