sábado, 16 de diciembre de 2017

EL DERECHO DEL TRABAJO O DERECHO LABORAL



EL DERECHO DEL TRABAJO
O DERECHO LABORAL
frente a la informalidad,
la globalización y la robótica

 Miguel Suárez Sandoval

Ante todo hago recordar que la finalidad del Derecho del Trabajo es defender al trabajador por cuenta ajena en su dignidad humana; es decir, a la clase trabajadora. Dicho de otro modo, podemos afirmar que el Derecho del Trabajo, también llamado Derecho Laboral, es un derecho clasista. Entre los juslaboralistas que así lo consideran está Mario de la Cueva, desde las postrimerías de la revolución mexicana.
Como decimos en una publicación anterior, el mundo cambia constantemente y cambiará mucho más. Así lo afirman muchos, incluso una canción bastante antigua.
Como anota Jacques Chonchol: “…vivimos en un mundo que está cambiando muy rápidamente y de una manera tan compleja que es difícil discurrir cuáles son los cambios más significativos y los que tendrán mayor influencia en la sociedad del mañana”. Y agrega: “… la nueva revolución industrial, que significa la automatización y las consecuencias de este fenómeno en la situación y condiciones de empleo de la fuerza de trabajo; las amenazas contra el medio natural, que significa nuevas formas de vida y producción, particularmente en los países desarrollados y sus efectos de imitación en los países en desarrollo”. (Jacques Chonchol: Impacto de la globalización en las sociedades latinoamericanas: ¿Qué hacer frente a ello?).
Nosotros creemos que, por la crisis económica que se presenta, en el mundo todo cambia, por lo que es necesario un reajuste estructural para resolverla, aunque se vendrá –si ya no se vino– un debilitamiento importante de las organizaciones gremiales.
Es verdad que el mundo ha cambiado bastante; podríamos decir en los últimos 50 años del siglo XX y lo que va del XXI; pero el humano, el hombre trabajador es el mismo, tiene las mismas necesidades y la misma carga familiar. Aunque con la tecnología las necesidades aumentan.
Pero, como el Derecho del Trabajo no tenía (ni tiene) el poder que da la clarividencia ni la omnisciencia, los estudiosos de la cuestión social comprendieron que es un derecho inconcluso.
El Derecho del Trabajo o Laboral, en vez de desaparecer por su condición de derecho inconcluso, encuentra nuevos resquicios y oportunidades para renovarse y mutarse. Como dice Jorge A. Butler M. Past, V:· M:· “Todo nace, todo muere…” , y todo se renueva.
Recalcamos que el Derecho del Trabajo o Laboral es un derecho inconcluso que siempre ha estado al vaivén del tiempo, la tecnología y la modernización del mundo, por lo que, ante los acontecimientos mundiales y, especialmente, por la flexibilización laboral entró en un estado de resiliencia en la empleabilidad desde un punto de vistajurídico del trabajo.
Desde fines del siglo XX y lo que va del siglo XXI, podemos decir que el afán de los empresarios y dadores de trabajo, en general, siempre ha sido “el aumento de la productividad”. Según ellos, “es necesario previamente reducir costos”. Entre los más urgentes consideran a la remuneración y para tal efecto recurren a la informalidad.
Como palabra, informalidad quiere decir “que no tiene seriedad o solemnidad”; también se podría decir: “que no es oficial”.
En lo que se refiere a trabajo y, sobre todo, a Derecho del Trabajo o Derecho Laboral estamos viviendo una economía informal que es “el nombre que se le da a un gran número de actividades que están catalogadas dentro del sector informal de la economía.
Etimología.- El término informal procede del latín informalis, formado por el prefijo “in” = negación, y formalis que quiere decir formal.
Al respecto, autores como Marc Bacchetta, Ekkehard Ernst & Juana P. Bustamante, afirman que en la primera década del presente siglo: “… el comercio mundial ha registrado un crecimiento considerable”. Y agregan que: “el aumento del comercio ha contribuido al crecimiento y a la creación de empleo en el mundo; sin embargo, hasta el momento, el crecimiento de la economía mundial no ha entrañado una mejora equivalente de las condiciones de trabajo y el nivel de vida de muchos”, han enumerado una serie de causas para concluir diciendo que se ha concluido en la ‘creación de empleo’ en el sector informal en más o menos en un 60% de los trabajadores”. (La globalización ha propiciado una reducción limitada de la vulnerabilidad de los mercados laborales de numerosas economías en el desarrollo).
“El empleo informal es común en las empresas no registradas, que no están sujetas a las leyes o reglamentos internos de un país, no ofrecen ningún tipo de protección social y suelen emplear a trabajadores independientes o a los mismos miembros de una misma familia”.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) nos dice que: “... los niveles de informalidad varían considerablemente entre países y van de apenas el 30% en algunos países de América Latina a más de 80% en algunos países de África del Sur de Sahara y de Asia Meridional… han aumentado en algunos países, en particular en Asia”.
La informalidad, según algunos autores depende “de las circunstancias específicas de los países y de las políticas comerciales e internas que se adopten”. Por ello nosotros creemos que la informalidad es una consecuencia.
“Es posible que los efectos adversos de la informalidad estén relacionados principalmente con la ausencia de aumentos de productividad y con el reducido tamaño medio de las empresas resultantes de los obstáculos al crecimiento de las empresas en la economía informal”.
“Cuando mayor es la incidencia de informalidad, mayor es la vulnerabilidad de los países en crecimiento a las conmociones como la actual crisis económica mundial. Los países con grandes economías informales sufren con más frecuencia conmociones y tienen tasas de crecimiento sostenible más bajas”.
“La  reducción  de  la  informalidad  podría  hacer que surja la oportunidad de creación de puestos de trabajo”.


HISTORIA RECIENTE DEL TRABAJO Y LOS TRABAJADORES. APUNTES SOBRE LO TRADICIONAL Y LO NUEVO, LO QUE CAMBIA Y LO QUE PERMANECE EN EL MUNDO DEL TRABAJO.

Según la autora Roxana Albanesi: “… la informalidad, la precariedad, la inestabilidad, son condiciones clásicas del trabajo cuando se encuentra sujeto a mercados autoregulados”.
Hemos dicho, en trabajos anteriores, que cuando desapareció el trabajo realizado para el autoconsumo, recién el Derecho se interesa por el trabajo. En este caso, anota Roxana Albanesi: “… el trabajador era y se comportaba como propietario de su fuerza de trabajo, de sus condiciones naturales de producción y la naturalización de que el trabajo le pertenecía a quien lo realizaba en tanto estaba implícita en su propia existencia, que era casi una prolongación de su propio cuerpo, pues era su acción en pos de satisfacer diversas necesidades individuales y colectivas”. (Historia reciente del trabajo y los trabajadores. Apuntes sobre lo tradicional y lo nuevo, lo que cambia y pertenece al mundo del trabajo).
En años recientes se ha venido discutiendo ampliamente sobre la necesidad de flexibilizar el mercado laboral (en México) como forma de aumentar los niveles de empleo y estar en mejores condiciones de competir ante el resto de economías emergentes. Diversos países de Europa y Latinoamérica han llevado a cabo una serie de reformas laborales desde los años noventa del siglo XX con el objeto de reducir el alto desempleo, fomentar la competitividad del aparato productivo, hacer mejor uso del capital humano y dotar a la economía de mayor dinamismo; sin embargo, los resultados hasta el momento (abril 2008) han sido muy controversiales en algunos casos”. “Por ello es imprescindible conocer a qué se hace referencia exactamente cuando se habla de flexibilidad laboral, los cuales pueden incidir en diferentes magnitudes sobre el mercado de trabajo y las empresas”. (Manuel Ibarra Cisneros y Lourdes Alicia Torres: La flexibilidad laboral como estrategia de competitividad y sus efectos, sobre la economía, la empresa y el mercado de trabajo).

DEBATE EN TORNO A LA DEFINICIÓN DE FLEXIBILIDAD

Con respecto al término FLEXIBILIDAD, diversos autores dicen: “… aún existen dificultades para su definición”. Y añaden: “No puede hablarse de un solo concepto de flexibilidad, hay diversos enfoques al respecto y aún no ha podido establecerse un concepto definitivo; tampoco hay un acuerdo en cuanto a sus virtudes y políticas para aplicarla”.
Para algunos organismos internacionales, como el Banco Mundial y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la flexibilidad consiste en eliminar o desregular el mercado laboral con el objeto de acabar con las rigideces causantes de un alto índice de desempleo así como de un sector informal creciente. En este sentido, el Banco Mundial sostiene que la principal causa del desempleo en América Latina reside, fundamentalmente, en la flexibilidad de los mercados laborales, lo que se traduce en que el sector formal de la economía no sea dinámico en términos de generación de empleos (Chávez 2001). Por tanto, un mayor grado de flexibilidad permitiría –en teoría– la creación de mayor empleo y la reducción del sector informal; de ahí que dichos organismos han promovido la aplicación de diversos mecanismos de flexibilidad laboral para disminuir el elevado desempleo prevaleciente desde la década de los ochenta del siglo pasado”.
“… la flexibilidad consiste en la eliminación de todo tipo de obstáculos para que los mecanismos del mercado se encarguen de modo espontáneo de asignar el factor trabajo en cuanto a precio y empleo. Flexibilidad es la oferta o demanda de trabajadores, facilitando la contratación y despido en un individualismo de formas de pago de acuerdo con la productividad marginal (De la Garza 2000b): (Roxana Albanesi: Historia reciente del trabajo y los trabajadores. Apuntes sobre lo tradicional y lo nuevo, lo que cambió y permanece en el mundo del trabajo).

DEFINICIÓN.- “… desde un punto de vista social, Dahsemdost (1986) nos dice que la flexibilización puede definirse como la capacidad de los individuos en la vida económica y, en particular, en el mercado de trabajo, de renunciar a sus hábitos y adaptarse a las nuevas circunstancias”.
Por las circunstancias en que vive la sociedad que entra en el siglo XXI, repercute en el campo jurídico del trabajo; visto con un criterio económico surgió la figura –nueva por cierto– de la flexibilización, que exige una nueva interpretación del Derecho del Trabajo para los efectos del comercio, la industria, etc.
Por la crisis económica que se presenta en el mundo todo cambia, por lo que se vendrá –si ya no se vino– un debilitamiento de las organizaciones gremiales.
Nosotros creemos que la flexibilización se entiende como una reacción frente a la existencia de una rigidez ante el desarrollo de las relaciones laborales, porque algunos creen que impide el desarrollo económico.
“… la flexibilidad aparece para cumplir […] con llenar el vacío ante la presencia de fenómenos mundiales, con el transcurso del tiempo y, conforme crece la globalización, el empleo disminuye.
Ante los acontecimientos mundiales se van perdiendo los que promueven el empleo y así es como hemos desembocado en la crisis económica mundial.
La flexibilidad laboral es efecto no es causa; es una consecuencia del neoliberalismo y del olvido del Estado benefactor, que permite a los empleadores poder prescindir de los trabajadores a bajo costo.
La flexibilidad busca la nueva interpretación en el cambio, en la rigidez de la legislación laboral y normas convencionales para dar al empleador mayor libertad de acción en el cambio, industria, etc., aprovechando el crecimiento de la tecnología.
Jacques Chonchol manifiesta que los cambios económicos, entre ellos la fuerza del mercado y la empresa privada, han provocado giros democráticos. Este proceso de cambio, que se ha denominado “ajuste laboral”, se ha extendido por todo el mundo. Este autor agrega que “… otro efecto de la liberación económica ha sido el desencadenamiento de una competencia feroz tanto al interior de las naciones como entre ellas mismas”.
Tras una meditación, se puede asegurar, como lo dice Chonchol: “Esta situación ha aumentado la eficacia de la producción; pero también ha abatido los salarios y ha hecho que aumenten el desempleo y la pobreza”. (Jacques Chonchol: Impacto de la globalización en las sociedades latinoamericanas. ¡Qué hacer frente a ello).
Por su lado, Federico García Morales anota que a consecuencia se produce una consolidación en el sistema que origina un crecimiento del sector “obrero” industrial y una “obrerización” que dieron una extensión en las faenas agropecuarias y forestales, las fuerzas obreras de la migración; el fuerte ingreso de las tecnologías, la robotización, la informática, etc., han tenido efectos sobre la división del trabajo y el crecimiento de actividades administrativas de servicios”.
Jacques Chonchol agrega que: “...junto con la expansión de la democracia liberal, la significación creciente en el sistema económico de las fuerzas del mercado y la tercerización de la economía, se ha venido produciendo una integración acelerada de la economía mundial”.
“El aspecto más destacado de esta integración es la movilidad del capital. El sistema computarizado de negocios hace girar enormes sumas de dinero por encima de las fronteras nacionales. El crecimiento de un mercado mundial de capitales y servicios financieros escapa completamente al control de los gobiernos y de los bancos centrales”.
“Los actores predominantes de esta integración económica son las empresas transnacionales. Las 37 mil matrices de empresas transnacionales con más de 200 mil filiales por todo el mundo controlan casi el 75% de todo el mercado mundial de mercancías, producción, manufacturados y servicios […], pero funciona en detrimento de los países y regiones más débiles, los cuales frente a una competencia dura son vulnerables a las fuerzas del capital” (Jacques Chonchol: Impacto de la globalización en las sociedades latinoamericanas. ¿Qué hacer frente a ello?).
De todo se comenta. Se habla de la gran productividad, pero muy poco de la remuneración. Del humano, del hombre-trabajador… ¡Nada!
Cuando se hizo el mundo, el humano apareció para que se enseñoree en él a condición de cumplir el aforismo: “te ganarás el pan con el sudor de tu frente”. (La Biblia, Génesis 4: 19). Y el humano –hombre o mujer– instintivamente quiere vivir, y para vivir debe trabajar. Así el trabajo resulta, económicamente, siendo visto como una necesidad. Es decir, el trabajo al humano le asegura o le da vida.
¿Qué sucedería si el hombre “que tiene” le negase el trabajo al hombre “que es”, pero que no tiene más que su fuerza de trabajo, su conocimiento, su inteligencia? ¿Se le dejaría morir?
Si el trabajo es un mandato divino, ¿el Altísimo:· permitiría semejante cosa?
Jamás un robot será un trabajador, nunca podrá sustituir al humano; jurídicamente no pasará de ser una herramienta, una máquina al servicio del trabajador o, a última instancia, de la empresa y el pensamiento de George Fa Nicolai bien podriamos decir que el robot  NO EXISTE.
El Derecho del Trabajo, también llamado Derecho Laboral, nació con una finalidad: la de defender al trabajador por cuenta ajena en su dignidad humana. Mejor dicho, brotó como una consecuencia y –por esa finalidad– ¡sobrevivirá!