DIVERSOS SÍNDROMES QUE AFECTAN LA SALUD DEL TRABAJADOR
POR CUENTA AJENA
Miguel Suárez Sandoval
En una publicación anterior: El
síndrome del burnout en los trabajadores de la salud y la educación,
en lo referente a este síndrome, establezco que: “… se trata de un
trastorno funcional desencadenado por sobre carga física y mental en
puestos profesionales, en los que aparecen dificultades en la relación con
terceros, generalmente usuarios del servicio”. Y agrego que, como palabra, es
de origen griego, y significa “concurso”. La Real Academia de la Lengua
Española lo define como: “un conjunto de fenómenos que caracterizan una
situación determinada”.
Ante todo debemos
tener presente que el Derecho del Trabajo o Laboral, protege a todos los
trabajadores por cuenta ajena por igual, y no puede abandonar a ninguno por
emergencia o desgracia personal.
Previamente al tema
tratado infra, debemos decir que trabajo en altura es aquel que se desarrolla a
más de 1.80 metros sobre el nivel del suelo y que por su característica implica
protegerse de una caída. Hacemos presente que, en estos casos, los aparatos de
protección son de uso obligatorio, tanto para el dador de trabajo como para el trabajador; como, por ejemplo, el arnés. La mayoría de los arneses son correas
o cintas de nylon o poliéster. Y son ajustables tanto en los hombros como
en las piernas, de modo tal que distribuyen el peso del usuario a través del
pecho y las caderas. Están construidos, además, con argollas o anillos
conectados a una línea de seguridad.
Hacemos presente que
en la legislación laboral, en la mayoría de los países del mundo, el arnés es
de uso obligatorio.
EL
SÍNDROME DEL ARNÉS O TRAUMA DE LA SUSPENSIÓN
Nos manifiestan M.
Avellanas Chavala y D. Dulanto Zabala, a manera de aclaración, que: “El
síndrome de suspensión o síndrome del arnés, es una patología que solo se
desarrolla cuando la víctima se encuentra suspendida”.
Con lo que está muy de
acuerdo Vértice Vertical, cuando anota que también se le conoce como shock o
trauma de suspensión, y textualmente anota que: “… es una patología que precisa
de los requisitos imprescindibles para su aparición: suspensión e inmovilidad”.
El problema radica cuando por alguna razón alguien (léase trabajador) queda
inconsciente o no puede moverse en esa situación.
Volviendo a lo
expresado por M. Avellanas Chavala y D. Dulanto Zabala: “El desarrollo de este
síndrome puede llegar a constituir un riesgo vital para aquellos […] o
trabajadores, que tras una caída, quedan suspendidos por un arnés, inconcientes
o con imposibilidad de moverse y no son rescatados rápidamente”.
Normalmente el arnés
no solo debe detener la caída sino permitir mantener suspendida a la víctima,
sin riesgo de asfixia en el caso de quedar inconsciente. Pero, como nos dice
Shechan, “… existen factores individuales que pueden aumentar el riesgo de
padecer un síndrome del arnés […] en estos casos dichos trabajadores no deben
realizar trabajos con suspensión cuando presentan factores de riesgo
individuales (discapacidades, enfermedades) o se den condiciones que favorecen
la aparición de un síndrome del arnés”. Y agrega que: “cuando se produzca un
accidente, se debe dar prioridad al rescate y no perder tiempo en
estabilizar a la víctima”.
Por eso recomendable
es que, ante la posibilidad de un accidente, los trabajadores que utilizan
sistemas de suspensión con arnés no deben trabajar solos.
Cuando la movilidad de
las piernas se encuentra limitada, se debe evitar que la víctima permanezca
suspendida durante un tiempo prolongado… El recate debe hacerse en el menor
tiempo posible.
Si la víctima
estuviese consciente durante el rescate, hay que tranquilizarla. Se le debe
persuadir a que mantenga las piernas, de ser posible, en posición horizontal (El
Síndrome del Arnés – M. Avellanas Chavala y D. Dulanto
Zabala).
Según Vértice
Vertical, el “secuestro” sanguíneo –es decir, la acumulación de sangre– produce
una disminución de la precarga del ventrículo derecho, caída del gasto cardíaco
y disminución de la presión de perfusión cerebral (presión cerebral,
representa el gradiente de presión con el cual el riego sanguíneo llega al cerebro
y de allí distribuye el oxígeno y otros metabolitos necesarios para el
funcionamiento del cerebro).
La presión de
perfusión cerebral o PPC, es el gradiente de presión que causa el flujo
de sangre al cerebro.
La pérdida de
conciencia se puede producir rápidamente. Y si el síndrome progresa podría
provocar la muerte del accidentado.
PRINCIPALES RIESGOS DE LOS
TRABAJADORES
VERTICALES
Con el avance de
la tecnología, sobre todo en el trabajo vertical, como
construcción civil, requiere –según Vértice Vertical– “de personal
altamente formado y capaz de trabajar en altura en lugares de difícil acceso
para así menguar el riesgo”.
“Sin embargo, aunque
la profesionalidad sea ejemplar y el desarrollo de los trabajadores se realice
con la máxima seguridad, existe una serie de riesgos específicos, inherentes a
esta actividad, que siempre habrá que tener presente”.
Vértice Vertical
considera como el más grande riesgo las caídas de grandes y muy grandes alturas
que podrían ser mortales. Y aconseja que los trabajadores, mejor digamos el
personal, debe tener una formación adecuada, sobre todo para y según el tipo de
trabajo, obedeciendo a una planificación. Y establece que hay que orientarlo,
porque por su desconocimiento, en él aparece el germen de su propia
destrucción; por ejemplo: “fuerzan la postura de su cuerpo para poder realizar
trabajos y esto les produce trastornos músculo-esquelético”. Y hace hincapié en
lo que siempre se dice, que se debe usar “casco, ropa de trabajo, guantes y
calzado de seguridad, como previsión en caso de choques contra objetos
inmóviles”. (Vértice Vertical, ingeniería de altura: El Síndrome del Arnés).
El actual trabajador
debe estar adiestrado para enfrentar a nuevas energías hoy desconocidas o
guardadas en secreto.
EL
SÍNDROME DEL IMPOSTOR, EL FENÓMENO QUE SUFRE EL 70% DE LOS TRABAJADORES
(Damaris Torres – 29 de noviembre del
2016)
NOTA. Antes de leer lo
que comentamos sobre este síndrome se sugiere ver lo que decimos sobre “La Empleabilidad desde un punto de vista jurídico del Trabajo”, donde anotamos
que: “La doctrina del Derecho del Trabajo o Laboral usa dicha palabra para
calificar al trabajador o trabajadores que están en la capacidad para
incorporarse y aún permanecen en sus puestos de trabajo por sus condiciones y
adaptarse a los futuros y continuos cambios del mundo laboral”.
Damaris Torres
comenta que: “… sentirse poco calificado para un empleo; creer que los
esfuerzos que se realizan no son suficientes para cumplir con los objetivos de
la empresa; experimentar culpa y considerarse un fraude… Todas esas sensaciones
tienen un nombre: el síndrome del impostor”.
Damaris indica que
este síndrome es mucho más usual de lo que uno se imagina y señala un
porcentaje del 70% de los encuestados (238 profesionales) en un estudio
realizado en la universidad de Salzburgo de Austria.
La autora agrega que:
“… este síndrome aparece como consecuencia de la capacidad del trabajador
frente a ‘su capacidad de adaptarse a las nuevas condiciones de trabajo y su
conocimiento del mercado laboral’ ”.
El estudio de la
referencia (publicado en la revista Frontiers Psichologs), tenía como objetivo
evaluar los efectos contraproducentes que puede poseer una autoexigencia en el
ámbito laboral. Los resultados demostraron que la dificultad por reconocer
logros personales es un mal extendido que daña severamente la autoestima del
trabajador. Concluye que: “Ya en 1978 las psicólogas clínicas Pauline Clance y
Suzanne Jones habían definido el síndrome del impostor como la sensación
habitual que experimentan muchos trabajadores de sentirse un auténtico
fraude. De no cumplir en las expectativas y los objetivos planteados”.
Otras investigaciones
aseguran que los que confían en sus habilidades y en sus condiciones para un
puesto eran más capaces de adaptarse a los cambios… Algunos especialistas
opinan que tener un panorama más profundo de la estructura organizacional,
ayuda a los empleados (léase trabajadores) a comprender su valor y fomentar
optimismo de cara a su función” (Damaris Torres: El Síndrome del Impostor,
el fenómeno que sufre el 70% de los Trabajadores).
Estos conceptos nos
hacen recordar que estamos ahondando o escudriñando algo más profundo o
recóndito del Derecho del Trabajo o Laboral; es decir, que la empleabilidad “es
un conjunto de competencias, habilidades y valores personales que se pueden
identificar y potenciar para obtener el empleo que se desea; lo que implica, en
algunas ocasiones, romper ciertos límites incompatibles”.
El Derecho
del Trabajo o Laboral, lo hemos reiterado,
es un Derecho inconcluso; pero ante una crisis reacciona, se estira y recurre a
la subjetividad de su protegido, no como hombre-material sino como
hombre-espiritual; a ese algo que siempre tuvo, que es la resiliencia (del
latín resiliens – entis: saltar hacia atrás, rebotar, replegarse);
capacidad de adaptación de un ser vivo frente a un agente perturbador o un
estado o una situación adversos (La Empleabilidad y la Resiliencia – La
Empleabilidad desde el Punto de Vista Jurídico del Trabajo).
EL
SÍNDROME DE DESGASTE PROFESIONAL EN EL PERSONAL ASISTENCIAL PEDIÁTRICO
(M. López Franco, A. Rodríguez
Núñez, M. Fernández San Martín, S. Marcos Alonso, F. Mast Mon Torres, J. M.
Martinón Sánchez).
NOTA. Antes de
avanzar conceptos en lo referente a “desgaste”, recordemos que en la mutua
relación entre el trabajador y el dador de trabajo, aparece un vínculo
subjetivo, resultante del intercambio entre el que da la energía del trabajo
y el que aprovecha de dicha energía, beneficiándose la empresa a
realizarse.
En esta mutua
relación, por la antigüedad, el trabajador va perdiendo en el mercado laboral y
económico, la cotización o valor en la oferta que él hace de su trabajo
(energía laboral), por su envejecimiento; sobre todo, por los adelantos de la
ciencia la tecnología.
Incluso aparece la discapacidad como consecuencia del
desgaste del hombre-trabajador y el beneficio alcanzado por el empleador. Esa
disparidad es lo que el Derecho del Trabajo busca compensar: Compensación por
Tiempo de Servicios.
Los autores supra
mencionados están de acuerdo en que el síndrome del desgaste profesional
es un trastorno adaptativo crónico, asociado a un confrontamiento inadecuado de
las demandas psicológicas del trabajo, que daña la calidad de vida de quien lo
padece y disminuye la capacidad asistencial.
Y agregan que el síndrome
aparece en aquellos profesionales que mantienen “una ayuda” (entre ellos el
personal sanitario) y conduce a mediano plazo a la desmotivación y el cansancio
psicológico.
DEFINICIÓN
“El síndrome de desgaste profesional
es un trastorno presente en un porcentaje considerable de las personas que
atienden a pacientes pediátricos a nivel hospitalario”.
Los autores de esta
definición anotan que: “El síndrome de desgaste profesional fue definido, por
Maslach y Jackson en 1986, como un síndrome de agotamiento emocional,
despersonalización y falta de realización personal que puede ocurrir en
individuos que trabajan con personas”.
Consiste en “un
cansancio físico psicológico, con sensación de falta de recursos emocionales y
sentimientos que nada se puede ofrecer a los demás”.
La despersonalización
incluye al desarrollo de actitudes negativas y distantes con los pacientes,
tratando a los enfermos como número.
La falta de
realización personal surge al comprobar que las demandas que se le hacen al
trabajador exceden su capacidad para atenderlas y se asocia con la ausencia de
posibilidades de promoción, disminuyendo las expectativas personales y
provocando una evolución negativa de uno mismo, con sentimientos de fracaso y disminución
de la autoestima.
Continuando con la
definición, tratando de explicarla, decimos que: “El desgaste profesional es un
proceso continuo, distinto en cada persona, que resulta de la discrepancia
entre las expectativas personales y provocando una evolución negativa de uno
mismo, con sentimientos de fracaso y disminución de la autoestima”.
“En los últimos años
el síndrome, al que nos referimos, del desgaste profesional ha adquirido
importancia o especial relevancia por las repercusiones directas que tiene
sobre la asistencia sanitaria, el absentismo laboral (abstención deliberada de
acudir al trabajo), la disminución del nivel de satisfacción, tanto de los
profesionales como de los pacientes, del riesgo de conductas adictivas, la
excesiva movilidad, las alteraciones de la dinámica familiar y, en el caso de
la asistencia pediátrica, el riesgo de que los pacientes reciban cuidados de
una calidad inferior a la deseable, con las repercusiones negativas que ello
puede condicionar”.
Según los autores, los
profesionales más “quemados” serían los que trabajan en atención primaria.
(Según la Organización
Mundial de Salud: “la asistencia sanitaria es esencial, accesible a todos los
individuos y familiares de la comunidad a través de los medios aceptables para
ellos, con su plena participación y a un costo asequible para la comunidad y el
país”).