hostilidad en los trabajadores
por cuenta ajena
Miguel Suárez Sandoval
“La hostilidad es un concepto
básicamente multidimensional y multicultural”. Generalmente conlleva la
intención de hacer daño a terceros. Deriva de la palabra latina hostilitas,
atis. De hostilizar. De por sí significa agredir, molestar al trabajador.
Definición.
La Real Academia de la Lengua Española
dice que es: “… acción hostil”. Y refiriéndose a hostil lo considera como
contrario o enemigo.
Manolete Moscoso, refiriéndose a hostilidad,
dice que, como término, es bastante antiguo; muchas veces confuso (es decir,
poco comprensible), difícil de entender. Y agrega: “… debido substancialmente a
que los términos de la hostilidad, cólera y agresión, son usados de manera
frecuente en forma intercambiable, nos referimos en forma colectiva, como el
síndrome AHA [Anger, hostility, agresión] (La
Hostilidad: sus efectos en la salud y medición psicométrica en Latinoamérica).
Respecto a la antigüedad, a la que se
refiere el susodicho autor, es a la hostilidad contra el trabajador por cuenta
ajena; es muy anterior al nacimiento de las normas tuitivas y al Derecho del
Trabajo.
Volviendo a lo establecido por Moscoso,
este autor comenta sobre la definición propuesta por Spielberger (1993), quien
precisa que: “… la hostilidad es una reacción emotiva que incluye sentimientos
de cólera y, a la vez, mantiene una connotación actitudinal que la convierte,
además, en un patrón de conducta
orientada hacia la violencia…”.
Pero, “dicho en cristiano”, podríamos
manifestar que la hostilidad es un conjunto de conductas desmesuradas y
violentas de parte de una persona física o natural; e, igualmente, se podría
enumerar como animadversión, discordia, enfrentamiento y otros sinónimos; o
calificarse como una conducta aparentemente buena pero recubierta de hipocresía; en estos últimos tiempos sin
respetar la dignidad, rango o jerarquía.
Procurando hacerlo con sencillez,
convendríamos que la hostilidad se forma en el sujeto por la influencia del
medio en que se ha vivido. Pero también está relacionada con la edad, sobre
todo en las mujeres trabajadoras, y la actividad o tipo de trabajo desarrollado.
Hostilidad en el trabajo es la
agresión física o de palabra, inferida en forma continua o a intervalos, en el
centro de trabajo, contra el trabajador por parte de los jefes, sus
representantes, por el ambiente y condiciones de trabajo.
Hay ciertos actos del empleador que
efectuados una sola vez no constituye o no puede considerarse hostilidad, sino
que es requisito que el acto sea reiterado; pero, sí hay otros que sí son actos
de hostilidad desde la primera o única vez que se efectúan. Una modalidad de
estos últimos es no pagar el salario al trabajador, no dejarlo entrar al centro
de trabajo, retirar su tarjeta de control de asistencia o no inscribirlo en el
Libro de Planillas. Como ejemplo de los actos que necesitan reiteración podemos
citar el acoso psicológico
y el muy comentado –desde las últimas décadas del
siglo XX–: acoso u hostigamiento sexual.
La forma y modo de hostilizar al
trabajador, por parte del dador de trabajo, es amplísimo y cada día se ingenian
nuevas formas de hacerlo.
En las Zonas Francas es donde más se
producen y algunas de ellas muy refinadas. Por ejemplo, en las Zonas Francas de
Cavite, en la República de Filipinas, a los trabajadores de una fábrica (son un
total de 420 de los cuales más o menos
el 88 % son mujeres), los obligan a trabajar hasta siete (7) horas
extraordinarias diariamente, seis días a la semana, hasta por un lapso de dos
meses seguidos; y donde los portones se cierran con llave y sólo se abren al
final de la jornada. Si se negasen a trabajar horas extraordinarias serían
despedidos y no habría autoridad que haga respetar sus derechos. Para que
puedan soportar tan larga jornada, la representación del empresario obliga a
los trabajadores a tomar Duromine Phentermine dos o tres veces por semana.
Los inspectores, como en gran parte del mundo, son ciegos, sordos y mudos.
Otra fábrica de una empresa coreana, donde
trabajan ciento diez mujeres, para hacer uso del baño es con una tarjeta
electrónica que indica el tiempo que se demoran; y se les permite hacer uso una
sola vez. Además, ninguna de ellas se queda mucho tiempo porque el lugar es
realmente inmundo (El Mundo Sindical, Dossier, Confederación
Internacional de Organizaciones Sindicales Libres –CIOSL–, agosto del 2003, N°
5 – Bruselas, Bélgica).
La hostilidad es una de las
principales causas para la incomprensión en el centro de trabajo y en general
dentro de las relaciones laborales. En la legislación laboral peruana está
deficientemente contemplada; y si algo se tiene es por jurisprudencia de las
épocas de aplicación de la Ley N° 4916 y su reglamento (derogados). Como
ejemplo podemos mencionar la Ejecutoria del Tribunal de Trabajo del 21 de mayo
de 1984 (Exp. N° 2983-83), que establece que constituye acto de hostilidad la
rebaja de categoría del cargo de jefe de división de tesorería a encargado de
la conciliación de las cuentas por cobrar, por ser el último cargo de menor
responsabilidad. Otra ejecutoria, la del Tribunal de Trabajo del 8 de enero de
1980, que dice que constituye un acto de hostilidad, sujeto al pago de
indemnización especial, la no inclusión del trabajador en el Libro de Planillas.
El objetivo de las actitudes hostiles
contra el trabajador por cuenta ajena es causarle daño.
En los procesos sobre hostilidad
seguidos por el trabajador hostilizado contra su empleador, debe enumerar en su
demanda a los actos de hostilidad y en su oportunidad probarlos, porque la
hostilidad no se presume; así lo ha establecido reiteradamente la doctrina
laboral comparada. Pero es un craso error creer que los derechos del trabajador
hostilizado caducan pasado cierto lapso, sobre todo cuando éste es corto,
porque la hostilidad se produce, generalmente, por actos reiterados y si en
algunos casos la hostilidad la constituye un solo acto, los efectos de éste
continúan: por ejemplo, no inscribirlo o sacarlo del Libro de Planillas al
trabajador. Ese error se cometió al dar el Decreto Legislativo N° 728, Texto
Único Ordenado, Art. 36°. Pero, como lo malo siempre se aprende,
particularmente en lo que beneficia al trabajador, ese error aparece en la
nueva legislación peruana.
El trabajador hostilizado puede
recurrir ante el Juez competente demandando el cese de la hostilidad o el pago
de una indemnización y dando por terminada la relación de trabajo.
Debe ventilarse en Proceso Sumarísimo
y es competente el Juez de Paz Letrado, según la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
CONSECUENCIAS
DE UN AMBIENTE HOSTIL
Cuando la hostilidad se efectúa a todo
un grupo de trabajadores en el centro de trabajo produce una baja de la moral,
así nos dice Máximo Fernández Hernández (Psicología
del Trabajo, pág. 254). Y un medio laboral donde hay hostilidad hace más
difícil resolver los conflictos, anota P. Andlaer, mencionado por C. Simonín (Medicina del Trabajo, T. II, pág.
12).
Afirman los estudiosos del tema que:
“… la hostilidad siempre es muestra de miedos e inseguridades profundas que se
enmascaran y se hacen visibles a través de formas agresivas verbales y no
verbales”.
La hostilidad puede producirse de una
persona a otra de forma consciente e inconsciente. Por ejemplo, cuando en el
centro de trabajo hay disconformidad.
Hay casos, según referencia de
Annemarie Dührssen, que en algunos pacientes (trabajadores) no se dan cuenta de
que se encuentran en un ambiente indiferente, limitados por la
hostilidad (Psicoterapia de niños y
adolescentes – Problemas en torno al
trabajo - Págs. 55 y 58).
Comenta Manolete Moscoso que: “A pesar
de que la hostilidad usualmente incluye sentimientos de cólera, este concepto
lleva la connotación de un conjunto de actividades complejas, las cuales
motivan conductas agresivas dirigidas hacia la destrucción de objetos o de daño
físico hacia otras personas…”. Y agrega este autor que: “La cólera y la
hostilidad se refieren a sentimientos y actividades; el concepto de de agresión
por lo general implica una conducta punitiva o destructiva hacia cosas,
personas u objetos” (obra citada).
El personaje hostil, en los
hostilizados produce miedo, temor al centro de trabajo. El resultado es el
ausentismo en alguna de sus formas.
La psicóloga Yanina Paredes Domus nos
dice que: “… el ambiente hostil de trabajo se produce cuando alguna persona […]
conductas o comportamientos de carácter sexual lo suficientemente graves como
para crear un ambiente de trabajo intimidatorio, humillante u ofensivo para la
víctima” (Diario El Comercio – Lima, 28 de agosto del 2005 – Mi Hogar, pág. 20).
(Ver: Ambiente del Trabajo o Laboral:
Finalidad).
La hostilidad, según los psicólogos
laborales, influye sobre la personalidad del trabajador y provoca en este una
conducta completamente diferente a la de costumbre y ocasiona baja en la
producción y productividad.
Recordemos que la función prioritaria
del industrial, comerciante y otros dadores de trabajo es la de reducir costos,
generalmente usando la tecnología y muchas veces de punta, consecuentemente le
es necesario reducir mano de obra. Creemos que lo que lo mueve al empleador ha
hostilizar al trabajador es crearle un ambiente hostil, aburrirlo para que
renuncie y así el despido le salga más barato.
FORMAS COMO SE PRESENTA
LA HOSTILIDAD
Existen diversos tipos de hostilidad
según los campos y circunstancias; y se producen por una variedad o modos de
comportamiento del dador de trabajo o empleador dentro de las relaciones
laborales, pero en la mayoría de los casos podemos agruparlos en la falta de
oportunidades para el trabajador de expresar sus quejas ante su o sus jefes,
menguarle la protección al trabajador o quitarle la oportunidad de explicar el
problema o problemas habidos.
El propósito del empleador o dador de
trabajo, como empresario, industrial, comerciante, minero, exportador u otras
formas de actividades que tenga, siempre
es ganar dinero, aquí o en cualquier parte del planeta. Y con la revolución
industrial y el advenimiento de la tecnología su prioridad es reducir costos,
entre ellos los costos laborales.
Nosotros creemos que lo que,
generalmente, mueve al empleador, cuando por alguna razón quiere despedir al
trabajador, es crearle un ambiente hostil para aburrirlo y, consecuentemente,
renuncie; lo que en el argot sindical llamamos “lo han renunciado”, y así
economiza los pagos de indemnización por despedirlo incumpliendo la ley.
Para hostilizar al trabajador la clase
empresarial ha ideado “mil y una formas”. En la legislación laboral se llama
“despido arbitrario”.
La hostilidad se presenta en una
multitud de formas. Por ejemplo la falta de tolerancia de parte del productor o
sus representantes.
La hostilidad en quien la ejecuta
puede ser una manifestación de inseguridad como creerse superior. Es una
demostración de miedo e incapacidad que se exterioriza con actos de violencia,
tomada esta como único medio de resolver los problemas.
La hostilidad es consecuencia de la
forma de vida que se tiene, posesiva relacionada a través de múltiples matices
en toda actividad, con las iniciativas, amistades, amores y rivalidades (Annemarie
Dührssen, op. cit.).
(Tomado del Diccionario
Enciclopédico Jurídico del Trabajo, del autor).
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